SECCIÓN II. Autoridades y Personal.
SUBSECCIÓN: b) Oposiciones y concursos
Rango: RESOLUCIÓN
Fecha de disposición: 26/09/18
Fecha de Publicación: 24/10/18
Número de boletín: 206
Órgano emisor: AYUNTAMIENTO DE JACA
Título: RESOLUCIÓN de la Alcaldía número 2018-2873, de 12 de septiembre de 2018, por la que se aprueban las bases reguladoras de la oposición para la funcionarización de la plaza de Maestro de Pintura del Ayuntamiento de Jaca.
Texto:
Primero.- Objeto de la Convocatoria.
Es objeto de la presente convocatoria regular el acceso a la función pública como funcionarios, para cubrir la plaza de maestro de pintura, del personal laboral afectado por la Disposición Transitoria Segunda de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público.
Legislación Aplicable.
El acceso a la función pública mediante la funcionarización del personal laboral, se regirá por lo establecido en las presentes bases, y en su defecto, por la Disposición Transitoria Segunda de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, por la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, en su redacción dada por la Ley 23/1988, de 18 de julio; el Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local; el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado; y el Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, por el que se establecen las reglas básicas y los programas mínimos a que debe ajustarse el procedimiento de selección de los funcionarios de Administración Local.
Condiciones y requisitos de los aspirantes.
Para formar parte en las pruebas de selección, deberán poseer en la fecha de finalización del plazo para la presentación de instancias los siguientes requisitos:
a) Pertenecer a la plantilla de personal con un contrato de trabajo fijo, y estar en situación de "activo", y con una antigüedad de 2 años.
b) Estar desempeñando el puesto de trabajo de maestro de pintura del régimen laboral.
c) Estar en posesión del título de Bachiller o equivalente, o en condiciones de obtenerlo, en la fecha en que termine el plazo de presentación de instancias.
d) No padecer enfermedad o defecto físico que impida el desempeño de las correspondientes funciones.
e) No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio al Estado, a las Comunidades Autónomas, o a las Entidades Locales, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.
f) Comprometerse a realizar el juramento o promesa del cargo, tal y como se establece en el artículo 9 del Real Decreto 707/1979, de 5 de abril.
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L@s que están, SE QUEDAN!!!