Fuente: Iuslaboralistas Abogados , 25 enero 2018


La inminente fijeza de todos los trabajadores temporales del sector público: la próxima sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea.

En las conclusiones de la Abogada General presentadas el 25 de enero de 2018, en el Asunto C‑96/17 promovido por el Juzgado de lo Social nº 2 de Terrassa (Barcelona), siendo las partes Doña Gardenia Vernaza Ayovi contra Consorci Sanitari de Terrassa, la citada Abogada General ha indicado literalmente que:

“Por tanto, en definitiva, supone una discriminación de los trabajadores temporales del sector público, prohibida con arreglo a la cláusula 4, apartado 1, del Acuerdo Marco, el hecho de que no se les confiera con carácter general un derecho legal a ser readmitidos después de que el empleador haya puesto fin de manera ilegal a su relación laboral, mientras que los empleados públicos fijos sí tienen tal derecho”.

Si prospera dicha recomendación – como suele ser usual – y trasladarse la misma a la futura sentencia del TJUE, significará que por la vía del art.  96.2 del Estatuto Básico del Empleado Público, todos los trabajadores temporales cesados y cuyos contratos sean declarados suscritos en fraude de ley, podrán acogerse a dicho precepto legal, hasta ahora reservado para los supuestos de ceses disciplinarios declarados improcedentes y que implica la obligatoria readmisión del trabajador público cesado de forma injustificada.

De nuevo llegarán buenas noticias desde Europa.


Acceso al documento conteniendo las conclusiones de la abogada general
http://curia.europa.eu/juris/document/document.jsf?text=&docid=198777&pageIndex=0&doclang=es&mode=req&dir=&occ=first&part=1&cid=851577

Enlace a la noticia
https://iuslaboralistas.es/blog/la-inminente-fijeza-de-todos-los-trabajadores-temporales-del-sector-publico-la-proxima-sentencia-del-tribunal-de-justicia-de-la-union-europea/

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