(Por José Manuel López)

Fuente: ELDIAdigital.es, 27 mayo 2018

El encadenamiento sucesivo de contratos de los profesores interinos (valido para toda la población interina de todas las administraciones), durante más de tres años tiene consecuencias. Que los interinos estén trabajando durante diez, quince o veinte años es mucho más de lo que marca o determina la ley, si se interpreta adecuadamente.



Ya ha habido recientes sentencias judiciales en nuestro país que indican que el gobierno contrató en fraude de ley a centenares de miles de funcionarios interinos durante largos periodos de tiempo sin hacerlos indefinidos. Había crisis y no se convocaban oposiciones y plazas. Y esto ha saltado a diversos medios escritos de comunicación que lo vienen diciendo desde principios de este año 2018.



Si la ley marca un máximo de tres años de interinidad y se convocan oposiciones que afectan también a profesores que llevan trabajando diez, quince o veinte años como interinos, las irregularidades pueden ser motivo de demanda judicial casi inmediata, si la Administración no acepta la negociación y un acuerdo razonable que salvaguarde los derechos laborales de los docentes interinos. Ya hay sentencias del Tribunal de Justicia de Castilla y León y de otros tribunales españoles que afirman estos derechos.



Puede haber una gran cantidad de demandas judiciales, miles para ser más precisos, de los profesores interinos y también de asociaciones de los mismos a la Administración. Parece que lo más juicioso, justo y sensato sería un acuerdo o unas medidas que garanticen la estabilidad de los interinos con más experiencia antes de llegar a los tribunales españoles o a la justicia europea.



Simplemente, con que se prorrogaran los contratos de los docentes interinos con más de diez o quince años trabajados ya se daría un paso decisivo para estabilizar la situación de muchos interinos en Asturias, al igual que ya se hace en Andalucía, País Vasco y Canarias, por ejemplo. Y no se puede argumentar que es por una cuestión de dinero o presupuestaria porque en las Comunidades Autónomas citadas se pudo. Hace falta voluntad política y pensar en los derechos laborales y sociales de todos.



Y si se piensa en los profesores de más de 55 años la situación es tremenda. No tienen reducción horaria en Asturias, aunque fuera mínima, y aunque tengan más de diez o quince años trabajados en la enseñanza pública y acreditada su capacidad  y conocimientos tienen que presentarse a la oposición con riesgo de quedarse fuera del sistema laboral público.



Porque en una oposición no se miden todos los conocimientos de los que se presentan en cada especialidad y las calificaciones de las pruebas dependen de muchos elementos que, en gran medida, son subjetivos y azarosos.



Además, las carreras cursadas, las notas logradas y el nivel de conocimientos alcanzado son algo objetivo y que es más que suficiente para impartir clases en la educación secundaria y también en la universitaria para los que han logrado el grado académico de doctor. Y los profesores interinos con experiencia no están por la labor de jugarse su puesto de trabajo en la lotería de la oposición. Pero parece que se obliga a que esto sea así. Y esto no supone una auténtica igualdad de oportunidades, ya que no existe, por todo lo que acabo de explicar en este artículo.



Esto puede ser matizado y argumentado con muchos más conceptos. Estaría bien que desde los medios de comunicación asturianos se tratara más esta cuestión que estoy planteando en este escrito. Sería bueno también que los partidos políticos en Asturias tomaran cartas en el asunto de verdad.



Por otra parte, me parece que existe un cierto desconocimiento de lo que acabo de comentar en la sociedad asturiana, por falta de información.



La movilización de los sindicatos educativos en apoyo de la estabilidad de los docentes interinos es primordial, pero no es la única forma de luchar por los derechos de este colectivo de profesionales de la enseñanza en Asturias. Han realizado y siguen realizando una gran labor formativa en los centros educativos del Principado de Asturias



Enlace a la página:

https://eldiadigital.es/not/259169/interinos-y-fraude-de-ley-por-jose-manuel-lopez-



L@s que están, SE QUEDAN!!!

El futuro de los interinos de la Administración pública está en manos del Tribunal de Luxemburgo que tendrá que pronunciarse sobre la obligación de hacer fijos a aquellos que encadenen contratos en el mismo puesto durante más de tres años

Fuente: VOZ POPULI, 26/05/2018

Redacción: Juan Carlos Telléz

El Tribunal de Justicia Europeo (TJUE) tiene entre sus manos un importante dictamen que podría suponer un vuelco en la situación que viven más de 100.000 empleados públicos en nuestro país. Se trata de la resolución que determinará si es posible hacer fijo al personal sanitario temporal que viene encadenando contratos temporales desde hace más de 3 años

La demanda, elevada a instancias comunitarias, surge a raíz del caso de un informático del SERMAS (Servicio Madrileño de Salud) que permanece en situación de estatutario interino desde hace más de 17 años. Una situación que comparten miles de empleados del sector público y que puede suponer, si el TJUE resuelve en este sentido, que la Administración española esté incurriendo desde hace años en una contratación en fraude de ley.

El pasado mes de marzo, el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 8 de Madrid planteó la cuestión prejudicial al Tribunal de Justicia Europeo, cuya decisión será vinculante. El juzgado madrileño, según han informado los sindicatos, trasladó al tribunal europeo si debe conceder la fijeza al personal estatutario temporal (interino, eventual o de sustitución) en situación de abuso de temporalidad como es el caso del procedimiento judicial en cuestión, el del informático del Servicio Madrileño de Salud que permaneció en el mismo puesto durante más de 17 años.

Sus representantes legales pidieron que se le reconociera una condición equiparable a la del personal estatutario fijo en cuanto a las condiciones de cese (y en el resto de condiciones de trabajo) como sanción adecuada, aplicando una normativa básica europea, la Directiva 1999/70/CE, a su situación de "evidente abuso de contratación temporal por parte de la Administración para satisfacer necesidades que son de obvio carácter permanente".

Tres años como límite de temporalidad

La directiva europea determina que la temporalidad debe tener un límite -3 años en el caso de los empleados públicos españoles-. Además, las normativas nacionales deben incluir medidas de sanción al empleador que abusa y otras compensatorias para el empleado en situación de abuso de temporalidad.

La jueza que eleva la cuestión al TJUE reconoce en su escrito que "no encuentra norma nacional capaz de alcanzar el objetivo que pretende la Directiva" e indica que la aplicación de la legislación española es "incompatible" con los objetivos marcados en la Directiva Europea contra la temporalidad, de lo que deduce que en nuestra legislación nacional no se ha acogido la directiva europea o se ha hecho de forma deficiente.

Después de aceptar la cuestión prejudicial, si el Tribunal de Justicia de la Unión Europea se pronuncia de manera favorable obligaría a estabilizar a más de 100.000 empleados públicos de toda la Administración que mantienen la situación de interinidad desde hace más de tres años. Los interinos que se encuentren en esta situación pasarían a ser personal laboral fijo de la Administración sin necesidad de pasar ninguna oposición, con el único requisito de haber permanecido en su puesto durante más de tres años.

Los interinos piden hacer efectiva la transposición

Miles de interinos, constituidos recientemente en una plataforma, denuncian que nuestro país está retrasando "la obligación de transponer la normativa europea en materia de contratación temporal en la Administración Pública -España tenía un plazo de 5 años para hacerlo- a pesar de las diversas sanciones que ha impuesto la Unión Europea por el incumplimiento de su normativa”.

La Plataforma de Interinos sostiene que, precisamente en base a esa directiva comunitaria, los trabajadores temporales con más de 3 años de antigüedad han adquirido derechos y exigen que sus puestos sean convocados a consolidación por concurso de méritos en vez de por ofertas de empleo convencionales (la tradicional oposición).

De ser así, a la ya abundante Oferta de Empleo Público acordada por el Ejecutivo y los sindicatos para los próximos años habría que sumar esta consolidación de plazas que supondría de facto -según las aspiraciones de los interinos- el aumento de los empleados públicos en más de 100.000 personas. Si ya numerosos organismos advierten de las dificultades económicas para mantener el sector, habría que reorganizar de urgencia las cuentas públicas para asumir este sobrecoste. Es evidente que si este anexo legal se resuelve en favor de los interinos, las demandas de consolidación de plaza se dispararían. El Tribunal europeo tiene, desde Luxemburgo, las claves para el futuro del sector público.

Enlace a la página

https://www.vozpopuli.com/economia-y-finanzas/Interinos-sanidad_0_1138686899.html

L@s que están, SE QUEDAN!!!

La alcaldesa de Puerto Lumbreras destaca que pretende "estabilizar la situación del personal laboral"

Fuente: La Opinión de Murcia 25/05/2018

 

El equipo de Gobierno del Ayuntamiento de Puerto Lumbreras regularizará la situación laboral de 24 trabajadores municipales. Así, lo anunció ayer la alcaldesa de la localidad, María Ángeles Túnez, que pretende «estabilizar la situación del personal laboral y de los funcionarios interinos del Consistorio

Túnez destaca que «ya hemos mantenido una primera reunión con los empleados y estamos trabajando en la elaboración de un plan para regularizar su situación». El proceso contará con distintas fases. La primera de ellas conllevará la adquisición de la condición de personal laboral indefinido no fijo por parte de los empleados.

«El Ayuntamiento realizará los trámites oportunos para sacar una oferta de empleo público consensuada con la mesa negociadora, en la que tendrán representación los sindicatos. La tercera fase contempla la publicación de los procesos de selección de personal en función a las distintas categorías y puestos de trabajo», añaden fuentes municipales.

El objetivo de esta actuación es mejorar las condiciones laborales de los trabajadores municipales, al mismo tiempo que se optimizarán los recursos y servicios que se prestan a los ciudadanos. La alcaldesa explicó que «seguiremos trabajando en los próximos meses, junto a los trabajadores y representantes sindicales, con el fin de adoptar los acuerdos que satisfagan y garanticen sus derechos, así como la adecuada prestación de los servicios públicos a los lumbrerenses».

Enlace a la página

http://www.laopiniondemurcia.es/municipios/2018/05/25/ayuntamiento-regularizara-situacion-laboral-24/924945.html

L@s que están, SE QUEDAN!!!

De interino en sanidad a plaza fija sin examen: la clave, en un anexo legal

El TJUE podría basarse en el Estatuto Básico del Empleado Público

Fuente: REDACCIÓN MÉDICA

Redacción: ÀLEX LÁZARO Lunes, 14 de mayo de 2018

El Tribunal de Justicia Europeo (TJUE) tiene que dictaminar si es posible hacer fijo al personal sanitario temporal que se encuentra encadenando contratos temporales desde hace más de 3 años. Para ello, el TJUE podría basarse en los apartados 6 y 7 del artículo 61 del Estatuto Básico del Empleado Público, que recogen que los sistemas selectivos de funcionarios de carrera y de personal laboral fijo podrían consistir en una valoración de méritos, una medida de carácter excepcional. De este modo, los interinos podrían convertirse en fijos sin tener que realizar un examen.

Estos puntos del Estatuto Básico del Empleado Público establecen que los sistemas de selección deben basarse en la oposición y el concurso-oposición. Sin embargo, "solo en virtud de ley podrá aplicarse, con carácter excepcional, el sistema de concurso que consistirá únicamente en la valoración de méritos".

Por ello, es la norma a la que podría acogerse el TJUE para admitir la demanda del juzgado madrileño que exigía la reparación del daño que la Administración ha provocado a los empleados públicos que llevaban más de 3 años en situación de interinidad.

En caso de que el alto tribunal aceptase la demanda y se fundamentase en el Estatuto Básico del Empleado Público podría obligar a estabilizar a más de 100.000 empleados públicos de toda la Administración que se encuentran en situación de interinidad y que van encadenando contratos temporales.

Reclamaciones de los empleados públicos

La demanda comenzó por el caso de un informático del Sermas que se encuentra en situación de estatutario interino desde hace más de 17 años. Esta situación, en la que permanecen miles de empleados del sector público desde hace años puede suponer que la Administración haya incurrido en una contratación en fraude de ley.

"Una situación como la que se describe en el presente supuesto (en que el empleador público incumple los límites temporales que la norma le exige y con ello permite la sucesión de contratos temporales, o mantiene la temporalidad modificando el tipo de nombramiento de eventual a interino o de sustitución) ¿puede entenderse como una utilización sucesiva de nombramientos abusiva y por tanto considerarse situación descrita en la cláusula 5a del Acuerdo Marco anexo a la Directiva 1999/70/CE (1)?", es la principal cuestión que debe resolver el TJUE.

Enlace a la página:

 

https://www.redaccionmedica.com/secciones/derecho/de-interino-en-sanidad-a-plaza-fija-sin-examen-la-clave-en-un-anexo-legal-5152

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Fuente: ABC.es / AGENCIAS 11/05/2018



La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia (TSXG) ha obligado a la Universidad de Santiago (USC) a indemnizar a una trabajadora interina que fue despedida en la misma cuantía que si se tratase de un contrato indefinido.

La sentencia, del pasado 16 de marzo que ya es firme, asume la doctrina europea al equiparar a los trabajadores interinos con los indefinidos a la hora de un despido.

"El mero hecho de que un trabajador haya prestado sus servicios en virtud de un contrato de interinidad no puede constituir una razón objetiva que permita justificar la negativa a que dicho trabajador tenga derecho a la mencionada indemnización",  en referencia a la doctrina europea asumida por el Tribunal Supremo.

La USC tendrá que indemnizar a una trabajadora que fue despedida con una antigüedad de once años y siete meses tras enlazar diversos contratos de interinidad.

"El fallo judicial reconoce que, a pesar de tratarse de un supuesto de extinción del vínculo contractual por una causa legalmente prevista por la normativa española, a la trabajadora se le reconoce el derecho a ser indemnizada con veinte días de salario por año trabajado (un total de 14.778 euros)".

La norma establece -agrega- que no puede existir una diferencia de trato en la indemnización de un trabajador fijo respecto del temporal o interino cuando el contrato se extinguiese por causas objetivas.

Enlace a la página:

http://agencias.abc.es/agencias/noticia.asp?noticia=2815641

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